Hasta el 20 de abril hay plazo para postular al Fondo Nacional del Adulto Mayor

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Dirigido a organizaciones de personas mayores, corporaciones, fundaciones, Organismos No Gubernamentales, Municipios, entre otros, que hayan desarrollado acciones dirigidas a adultos mayores

 El Fondo Nacional del Adulto Mayor es un programa del Estado de Chile, que financia proyectos a través de tres líneas de acción:
Autogestionado: Financia proyectos ideados, elaborados y desarrollados por organizaciones de adultos mayores, a través de concurso. Su objetivo es generar y desarrollar capacidades de autogestión, autonomía e independencia de los adultos mayores participantes.
Ejecutores Intermedios: Fomenta iniciativas presentadas por instituciones, públicas o privadas, que desarrollen acciones en favor de la autonomía funcional de los adultos mayores con algún grado de dependencia y que por ello requieren del cuidado de terceros para llevar a cabo sus actividades diarias.
Convenios Institucionales: Financia iniciativas desarrolladas por instituciones que trabajan con adultos mayores en situación de vulnerabilidad y que entregan servicios y apoyo complementario en el marco de la protección social.

El objetivo de este programa es favorecer la autonomía, autogestión, integración social e independencia de los adultos mayores, como asimismo, entregar servicios de calidad para la atención de personas en situación de dependencia y/o vulnerabilidad que contribuyan a satisfacer sus necesidades básica y que mejoren su calidad de vida.

Quiénes pueden postular:
A la línea Autogestionado, pueden participar, organizaciones de personas mayores con personalidad jurídica.
A la línea Ejecutores Intermedios, pueden postular, Corporaciones, Fundaciones, Organismos No Gubernamentales, Municipios, entre otros, que hayan desarrollado acciones dirigidas a adultos mayores y que tengan identificados a los potenciales beneficiarios del proyecto a postular.
A la línea Convenios Institucionales, pueden postular, Corporaciones, Fundaciones, Organismos No Gubernamentales, Municipios entre otros y que tengan identificados y/o bajo su cuidado a los potenciales beneficiarios del proyecto a postular.

Para postular pueden:
-Dirigirse a la Gobernación Provincial Cordillera, en Av. Concha y Toro #461, Puente Alto
- Coordinación regional de Denama
- por sitio web www.senama.cl

Para efectos de las Bases, las organizaciones de adultos mayores serán:
•Club de Adulto Mayor, es decir toda asociación de adultos mayores, constituida como organización comunitaria funcional, de acuerdo a la ley Nº19.418.
•Unión Comunal de Adultos Mayores, que es el conjunto de Clubes de Adultos Mayores, establecidos de acuerdo a lo señalado en la ley Nº19.418.
•Federaciones Provinciales, Regionales o Nacionales, que las constituyen el conjunto de Uniones Comunales de Adultos Mayores, establecidas de acuerdo a la ley Nº19.418.
•Confederaciones Provinciales, Regionales o Nacionales, constituidas por el conjunto de Federaciones de Adultos Mayores, establecidas de acuerdo a la ley Nº19.418.
•Otras Organizaciones de Adultos Mayores no adscritas a la ley Nº19.418, es decir, Asociaciones Gremiales, Corporaciones, Fundaciones, otras asociaciones constituidas a través de la ley N°
20.500 sobre asociaciones y participación ciudadana, entre otras, conforma das exclusivamentepor personas de 60 años o más y que cuente con personería jurídica propia.

Ver Bases

Ver Formulario de Postulación

Postular en línea

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