Cómo Postular Subsidio de Arriendo para la Clase Media 2021

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El subsidio está destinado a personas que perdieron su trabajo o disminuido sus ingresos en un 30%. La cobertura entrega durante tres meses hasta 250 mil pesos para arriendos de hasta los 600 mil pesos.

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El Ministerio de Vivienda y Urbanismo entregó los resultados del tercer cierre parcial de las postulaciones al Subsidio de Arriendo Especial Clase Media.

Este beneficio del estado entrega $250 mil pesos mensuales por tres meses para ayudar a que las personas puedan pagar arriendos de viviendas de hasta $600 mil al mes. Cabe destacar que el dinero es entregado al arrendador y no al arrendatario.

Este subsidio está dirigido a familias de sectores bajos y medios de todas las regiones del país, que hayan visto una caída de al menos un 30% en sus ingresos producto de la pandemia.

Las postulaciones para el beneficio se pueden realizar hasta el 30 de julio en www.minvu.cl, y el trámite es totalmente online.

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Detalles y Monto del Subsidio de Arriendo Clase Media 2021

El monto a asignar es de hasta $250.000 y el valor máximo de la vivienda a arrendar aumenta a $600.000. Cuenta con una cobertura de hasta 70% del arriendo y un copago mínimo de 30% por parte del beneficiario.

Una vez definido el monto para cada beneficiario, se entrega el pago completo al arrendador equivalente a 3 meses. Por ejemplo, si el subsidio corresponde a $250.000 mensuales, en el primer mes el arrendador recibirá $750.000, en un solo pago.

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 Requisitos Subsidio de Arriendo Clase Media Marzo 2021

1.- Acreditar su cesantía o disminución de al menos el 30% en los montos de sus ingresos en la forma que indica a continuación:

La cesantía se podrá acreditar mediante UNO de los siguientes documentos:

  • Presentación del finiquito de contrato de trabajo cuya fecha no debe ser anterior al 1° de marzo de 2020, junto con el certificado de pagos de cotizaciones previsionales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) respectiva, en el que conste la cesantía.
  • Comprobante de cobros de seguro de cesantía a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

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La disminución de al menos el 30% en los montos de los ingresos, se podrá acreditar mediante UNO de los siguientes documentos:

  • Informe emitido por el Servicio de Impuestos Internos respecto de los seis últimos meses de boletas de honorarios.
  • Tres (3) liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios en que conste la disminución de los ingresos.
  • Certificado de Pagos de Cotizaciones Previsionales o el de pagos de Cotizaciones en FONASA en que conste la disminución de los ingresos.
  • Modificación del contrato de trabajo en que conste la disminución de los ingresos.
  • Si los ingresos no se pueden acreditar de una de las formas antes señaladas, para certificar su disminución se podrá presentar un informe social de una entidad o servicio público, como municipalidad, que dé cuenta de la situación socioeconómica actual del postulante y de la disminución de sus ingresos.
  • Cualquier otro documento en el que conste de manera fehaciente la modificación de las condiciones laborales.
  • Tratándose de postulantes adultos mayores jubilados, éstos no requerirán acreditar cesantía o disminución de al menos 30% en los montos de ingresos, debiendo presentar comprobante de pago de pensión de vejez.

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2.- Si cuenta con Registro Social de Hogares (RSH), debe declarar Núcleo Familiar de acuerdo a la información que dicho registro indica.

3.- Si no cuenta con RSH el postulante deberá declarar el núcleo familiar con el que postula, indicando el nombre, número de su cédula de identidad, edad y parentesco. En este caso los ingresos anteriores a la rebaja o a la cesantía no podrán superar los $2.000.000.-

4.- Para acreditar los antecedentes de la vivienda arrendada, se requerirá lo siguiente:

  • Presentar un contrato de arrendamiento firmado ante Notario Público, o un contrato simple firmado por las partes al cual se deberá adjuntar declaración jurada simple del arrendatario y del arrendador dando fe de la veracidad del contrato, con fecha hasta anterior a la publicación en el Diario Oficial de la resolución que autoriza el presente llamado, por hasta $600.000, en el cual conste la dirección de la vivienda y la individualización del arrendatario y del arrendador (nombre y Rut de ambos).El arrendatario puede corresponder a alguno de los integrantes del Núcleo Familiar declarado.
  • Completar en la plataforma el número de rol de avalúo.
  • Declaración jurada por el arrendador otorgada, mediante formato tipo aportado por el Minvu, en la que junto con manifestar que es dueño de la vivienda, que ésta cuenta con Recepción Municipal y que no se encuentra sujeta a embargo, se compromete a participar en el marco de este Llamado y mantener el arriendo por todo el tiempo cubierto por el subsidio (hasta el pago de la última cuota). El Serviu podrá solicitar antecedentes adicionales que permitan verificar la veracidad de las declaraciones. En caso de comprobarse por parte del Serviu, falsedad en la declaración jurada, el arrendador incurrirá en las penas del Artículo 210 del Código Penal.
  • Llenar en su postulación los datos de la cuenta de depósito al arrendador.

Consulta AQUI el pago del Subsidio ingresando los últimos 4 digitos del rut antes del guión

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PAGO SUBSIDIO DE ARRIENDO ESPECIAL CLASE MEDIA

¿Cuándo se realiza el pago en caso de ser seleccionado/a?

  • Esto dependerá de la fecha en la que sea ingresada la postulación:
  • Antes del 9 de abril el pago de los 3 meses se realizará a mediados de mayo
  • Antes del 7 de mayo el pago de los 3 meses se realizará a mediados de junio
  • Antes del 31 de mayo el pago de los 3 meses se realizará a mediados de julio

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Postulación Subsidio de Arriendo Clase Media 2021

Postulación abierta desde el 16 de Marzo 2021 hasta el 30 de Julio 2021.(Plazo extendido)


Importante:

  1. En el caso de beneficiarios seleccionados en el llamado del año 2020 deben presentar los antecedentes a que se refiere este punto solo en el caso de cambio de vivienda arrendada.
  2. Los beneficiarios del Programa de Arriendo regular que posean un subsidio sin aplicar (del programa regular de arriendo, o de los programas de adquisición y construcción de vivienda), podrán postular a este llamado
  3. Los beneficiarios del Programa de Arriendo regular que estén aplicando su subsidio, podrán postular a este llamado especial, obtendrán un complemento del subsidio que ya recibe, deberá pagarse directamente al beneficiario.
  4. El arrendador deberá cumplir con las condiciones establecidas en el programa, como ser el propietario de la vivienda y no tener vínculos de parentesco por consanguinidad o afinidad con el beneficiario.

Postula AQUI

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Resultados Subsidio Arriendo Clase Media 2021

Conoce la lista de los últimos seleccionados del 2021 del Subsidio de Arriendo para la clase Media 2021:

Revisa Aquí los Resultados del Tercer cierre parcial Subsidio Arriendo Clase Media 2021

Revisa aquí los Seleccionados Segundo cierre Arriendo Clase Media 2021

Revisa aquí los Seleccionados primer cierre Subsidio arriendo Clase Media 2021

  • Si fuiste seleccionado(a), el día 14 de mayo el arrendador(a) recibirá el pago del subsidio correspondiente a mayo + junio + julio.
  • Se pagarán los 3 meses que contempla el subsidio de Arrriendo Especial Clase Media de una vez.

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