Concejo Municipal aprueba ordenanza que prohíbe venta de comida chatarra a 100 metros de colegios

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seremimop05Esta nueva ordenanza prohíbe la ventas de alimentos con niveles elevados en kioscos, carros y otros similares en la vía pública a 100 metros de distancia de los establecimientos educacionales.

 El pasado jueves 14 de julio, el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la nueva "Ordenanza de Prohibición de Venta de Comida Chatarra en los Establecimientos de la Comuna de Pirque" que prohíbe a los kioscos, carros y otros similares, la ventas de productos alimenticios elevados en contenidos de calorías, grasas, azúcares, sal u otros ingredientes establecido en la ley, a una distancia de 100 metros de los establecimientos educacionales en la vía pública.

Según el alcalde de Pirque Cristián Balmaceda, esta nueva ordenanza viene a complementar lo recientemente establecido en la Ley dentro de los establecimientos educacionales de la comuna "para nosotros es muy importante la salud de nuestros niños, hace cuatro años realizamos un cambio en la ventas de productos alimenticio dentro de los establecimientos y exigimos la venta de alimentos más sanos. Respecto a esta nueva ordenanza fue para complementar la ley, porque no sacamos nada de fiscalizar la venta de comida chatarra dentro de los establecimientos si el kiosco o el comercio ambulante vende estos productos en la entrada del colegio".

alcalde comida chatarraAsí mismo el alcalde explicó cuáles son los alimentos que se fiscalizan en la vía pública "Para los efectos de esta ordenanza, se tomó lo establecido en la ley del Ministerio de Salud, donde se determina que se entiende como comida chatarra, a todos aquellos alimentos que, por unidad de peso o volumen o por porción de consumo, presenten en su composición nutricional elevados contenidos de calorías, grasas, azúcares, sal u otros ingredientes establecidos en el reglamento".

Uno de los puntos importantes para la autoridad comunal fue agregar en esta ordenanza la importancia de desarrollar hábitos de alimentación saludable dentro de los establecimientos educacionales, donde se adviertan los efectos nocivos de una dieta excesiva en grasas, azúcares y otros nutrientes cuyo consumo en determinadas cantidades pueden representar un riesgo para la salud.

Patricio Dominguez02Por su parte, el Concejal Patricio Domínguez, perteneciente a la Comisión de Salud del Concejo Municipal, destacó la importancia de esta nueva ordenanza "Chile tiene el primer lugar en obesidad infantil de América Latina y esto no es para enorgullecernos, 70% de los niños va a ser obeso en el corto plazo trayendo graves consecuencias física y psicológicas para ellos. Celebro que hayamos aprobado por unanimidad esta nueva ordenanza que nos permitirá fiscalizar fuera de los colegios evitando el tráfico de golosinas al interior de los establecimientos".

Quienes no cumplan esta nueva normativa municipal están sujetos a multas que van desde 0.5 a 5 UTM. Si hay reincidencia facultará al Juez de Policía Local para multarlo por el doble del valor. Toda multa interpuesta por el Juez de Policía Local serán puesta en conocimiento de la autoridad sanitaria correspondiente, a fin de sancionar en conformidad a lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley 20.606