Este jueves se publicó en el Diario Oficial la normativa que establece que los documentos se extienden hasta el mes y día de vencimiento de dicho carnet pero para el año 2022.
Este jueves 18 de febrero fue publicada en el Diario Oficial la ley que establece la prórroga de vigencia de licencias de conducir caducadas en 2020 y las que lo harán el transcurso de 2021.
La normativa del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones nació de una moción parlamentaria que establece para los documentos ya caducados y los que expiran este año, se extenderá la vigencia hasta el mismo día y mes que indica el carné de conducir, pero de 2022.
Por ejemplo, si el carné de conducir de una persona caduca el 20 de marzo de 2020, tendrá como plazo máximo hasta el 20 de marzo de 2022 para renovarlo. En el caso de alguien, cuya licencia venza el 15 junio de 2021, tendrá hasta la misma fecha de 2022 para hacer el trámite.
Esta extensión, que tiene como fin evitar aglomeraciones en los municipios a lo largo del país, rige para todas las licencias (profesionales, no profesionales y especiales) que contempla la Ley de Tránsito 18.290. En marzo de 2020 ya se había dictado una norma que extiende la vigencia de los documentos del año en ese momento en curso.
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