Pese a que el máximo tribunal no anuló la terna conformada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, dejó en manos de la Contraloría un proceso en que se denuncian varios vicios.
Debido a la denuncia que realizara Portal Pirque el 29 Julio de 2017 sobre la designación del abogado Ricardo Moyano Monreal como futuro Notario de Pirque, (ver artículo:Futuro Notario de Pirque no cumplió con todos los exámenes de las bases de concurso Público) la Corte Suprema cuestionó la legalidad del nombramiento y dejó en manos de la Contraloría un proceso de concurso público donde se evidencian varios vicios.
Cabe recordar que la realización del concurso público se abrió debido a la designación de la Notario titular de Pirque Paola Deborah Stack Lara en la Tercera Notaría de Valparaíso, dejando vacante el cargo para la Comuna de Pirque.
A este proceso de selección de concurso, a cargo de la Corte de Apelaciones de San Miguel, postularon 91 abogados, realizándose una prueba de preselección y conocimientos jurídicos en donde Ricardo Moyano obtuvo puntajes cero en habilidades y destrezas, y cero en evaluación psicolaboral. Siendo éste uno de los tantos cuestionamientos que el pleno de la Corte Suprema revisó respecto a denuncias de ilegalidad en el nombramiento que hizo el ministro de Justicia Jaime Campos.
En la resolución del 21 de agosto, el máximo tribunal cuestionó que Moyano sea un abogado “extraño a la carrera judicial” y que pese a ello y a las evaluaciones obtenidas durante el concurso haya quedado en la terna que conformó la propia Corte de Apelaciones de San Miguel.
Lo que manifiesta la Suprema, se explica entendiendo que en la etapa Habilidades y Destrezas del concurso las únicas personas que no rinden este examen, son los actuales funcionarios Judiciales y Notarios Titulares en ejercicios, no siendo este el caso del abogado Moyano, debido a que él pertenece a otra repartición pública del ministerio de agricultura, no calificando para eximirse de este examen.
La Corte Suprema en esta resolución archiva la reclamación, en voto de mayoría, y no anula la terna debido a las bases de concurso, ya que nadie reclamó en los plazos correspondientes. Dejando en manos de la Contraloría General de la República el que haga o no toma de razón de un proceso donde el ejecutivo, el Ministerio de Justicia, nominó a Moyano sin que cumpliera los requisitos para ser notario según normas especificadas en el Código Orgánico de Tribunales.
Dentro del pleno había partidarios de anular la terna de oficio, sin embargo la mayoría decidió que habiéndose ya vencido el plazo de reclamación y como el Tribunal de Alzada de San Miguel ya había enviado la terna, era imposible retrotraer el concurso de notario a su etapa inicial.
Dentro de la última etapa de revisión del acto administrativo de nombramiento del futuro Notario de Pirque, la Contraloría General de la República debe realizar la toma de razón del decreto emanado del ejecutivo y debido a los últimos antecedentes entregados por la Corte Suprema el Contralor General de la República Jorge Bermúdez debiera representar la falta de requisitos del nominado, anulando el concurso público y no tomando el uso de razón del decreto que designa a Moyano como Notario de Pirque.
Fuente: latercera.com