Lectura del fallo de la Corte Internacional se producirá 10:00 horas chilena

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Los 15 jueces de la Corte Internacional de Justicia más los dos jueces ad-hoc harán su ingreso solemne al salón principal del Palacio de la Paz donde se dará lectura al fallo por la demanda boliviana.

Cuando sean las 15:00 horas en La Haya, Holanda, (10:00 horas en Chile), los 15 jueces de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) más los dos jueces ad-hoc harán su ingreso solemne al salón principal del Palacio de la Paz donde se dará lectura al fallo por la demanda boliviana interpuesta en 2013, denominada "Obligación de negociar una salida al Océano Pacífico".

En tanto, los países estarán representados por sus delegaciones, tal como ocurrió en los alegatos orales en marzo pasado.

Por parte de Bolivia, la delegación es encabezada por el propio presidente altiplánico Evo Morales, quien junto a su agente Eduardo Rodríguez Veltzé y los abogados bolivianos e internacionales, entre los que se encuentra el denominado "artífice" de la demanda, el español, Antonio Remiro Brotons.

En tanto la representación de Chile está a cargo del agente Claudio Grossman, junto a los coagentes Alfonso Silva y María Teresa Infante, quienes están acompañados de los abogados nacionales e internacionales. Por su parte, el fallo y los alcances serán seguidos en vivo desde La Moneda por el Presidente Sebastián Piñera, quien estará acompañado por el canciller Roberto Ampuero y otros ministros.

Lectura del fallo

Se espera que la lectura del fallo no tome mucho tiempo, ya que el presidente de la Corte leerá las apreciaciones y luego dará a conocer los argumentos para aceptar o rechazar la demanda presentada por Bolivia.

En resumen, Bolivia pide tres cosas:

Que Chile tiene la obligación de negociar con Bolivia para otorgarle un acceso totalmente soberano al Océano Pacífico.
Que Chile ha violado esa obligación.
Que Chile debe llevar a cabo esa obligación de buena fe, formal y prontamente, dentro de un tiempo razonable y en forma efectiva.

Por su parte, Chile indica que:

La demanda no tiene un fundamento jurídico. No se le puede exigir a un país negociar, obligándolo a ceder territorio, si los países involucrados ya establecieron sus fronteras en Tratado de Paz y Amistad de 1904. Negociar un acceso soberano al Océano Pacífico alteraría inevitablemente ese tratado.

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Carnes Miro octubre

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