Con esto se podrá disponer de los recursos de la cuenta individual y del fondo solidario del Seguro de Cesantía para hacer frente a la situaciones extrema de pandemia Covid-19
En horas de este miércoles 1 de abril, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la Ley de protección del empleo, la cual permite que se haga uso de los fondos del Seguro de Cesantía para atender circunstancias excepcionales como la emergencia sanitaria que enfrenta el país por el Covid-19.
Según detalló el Mandatario “la normativa legal contempla que este beneficio se haga de forma retroactiva desde la declaración de catástrofe, el 18 de marzo pasado”.
En este sentido, dijo que que frente a la pandemia “nos hemos preocupado de proteger los ingresos de los trabajadores y superar a las pymes en este tránsito. Este mes de abril va a ser probablemente el más difícil con el coronavirus, por eso, hoy más que nunca necesitamos unidad", recalcó la autoridad.
Con esta ley, ante un mandato sanitario que determine la paralización total o parcial de las actividades laborales o mutuo acuerdo, se podrá suspender temporalmente el trabajo en la empresa, pero manteniendo el vínculo contractual y todos los derechos laborales, como el pago de las cotizaciones por parte del empleador.
De esta manera, se suspende el pago de las remuneraciones por parte de la empresa y el ingreso del trabajador pasaría a ser suplido en un 70% en el primer mes por su cuenta individual del Seguro de Cesantía. En adelante, y si se extendiera la declaración de catástrofe por parte de la autoridad más de 30 días, los giros serán de 55% y 45% para los meses siguientes.
Adicionalmente se extiende la posibilidad de la suspensión de las relaciones laborales en el caso a las trabajadoras de casa particular, quienes podrán acceder al beneficio de la indemnización a todo evento y se prohibirá que durante seis meses, o bien, existiendo el estado de catástrofe, se produzcan las desvinculaciones por fuerza mayor que invoquen como motivo de la pandemia del Covid-19.
La ley permitirá también la reducción de la jornada laboral en hasta 50%, compensando parte de la disminución de la remuneración de los trabajadores con recursos del Seguro de Cesantía.
fuente: latercera.com