Tribunal electoral declara destitución de concejal de Pirque por faltas graves a la probidad

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De acuerdo al organismo se resolvió sancionar al Concejal PPD David Nieto Barrera con la destitución e inhabilidad por 5 años por "haber incurrido en conductas constitutiva de falta grave al principio de la probidad administrativa"

Banner Colegio VirginiaEl Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana se pronunció sobre el requerimiento y destitución interpuesto por el alcalde de Pirque Cristián Balmaceda contra el Concejal PPD David Nieto Barrera por haber incurrido en reiteradas oportunidades en contravención a su cargo, al discutir y aprobar en sesión de concejo la renovación de patentes de alcoholes de la sociedad NIETO Y BARRERA CIA. LTDA y ALICIA BARRERA MUÑOZ ambas de familiares directo.

De acuerdo al Segundo Tribunal, los hechos constituyen una falta grave a la probidad declarando la remoción de su cargo “que se acoge, con costas, el requerimiento interpuesto por Cristián Balmaceda Undurraga, Alcalde de la I.Municipalidad de Pirque y se declara que se remueve de su cargo al concejal del mismo municipio don David Ángel Nieto Barrera, por haber incurrido en conductas constitutivas de faltas graves a la probidad administrativa, quedando inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por el término de cinco años”

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Según la resolución ROL 519-2019 del 19 de febrero pasado, el Tribunal acreditó que el Concejal Nieto fue socio y administrador del restaurante de la sociedad Nieto, Barrera y Compañia Ltda “en cuanto a los hechos imputados en el presente requerimiento, consistente en intervenir en la discusión y votar acuerdos en las sesiones ordinaria del Concejo Municipal de la I. Municipalidad de Pirque, Nos. 24, 58, 79 y 94, referidas en el considerando primero de la sentencia, esto se encuadran dentro de las conductas que contravienen especialmente el principio de probidad administrativa , y en el especial, la contenida en el artículo 64 de la Ley 18.575, toda vez que tal como ha quedado demostrado en este proceso, el Sr. Nieto Barrera intervino en su calidad de concejal de la I. Municipalidad de Pirque en las referidas sesiones de Concejo Municipal en donde se sometieron a la aprobación del mismo, la renovación de dos patentes de alcoholes que beneficiaron al establecimiento de comercio denominado “Nieto, Barrera y Compañia Ltda”, cuyos socios son el padre y la madre del Concejal Nieto. Además, ha quedado demostrado que el Sr. Nieto, fue socio de dicha sociedad desde 18 de noviembre de 2011 al 13 de enero de 2017, y también, de acuerdo a su declaración de patrimonio de 17 de abril de 2018, desde el 5 de febrero de 2012, ejerce como administrador del restaurante de propiedad de la referida sociedad “Nieto, Barrera y Compañia Ltda””.

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A lo anterior indica la sentencia de los jueces electorales que “así las cosas, resulta evidente que la conducta del Sr. Nieto Barrera, no deriva de simple negligencia o de un error justificable, si no que, de una conducta consciente, deliberada y repetitiva, por lo que debe considerarse como vulneratoria del principio de probidad administrativa, por ende, representa un peligro manifiesto al interés general que resguarda el N° 6 del artículo 64 de la Ley 18.575, y en consecuencia, se considera como contravención a dicha norma”

Por su parte, el alcalde Cristián Balmaceda calificó el fallo como contundente, destacando la resolución en medio del conflicto social que vive el país.
“En los tiempos que vivimos, donde la gente se ha manifestado por injusticias, sobre todo de políticos, hoy podemos decir que sí hay justicia, demora, pero llega. El fallo es tan contundente al indicar que son faltas graves a la probidad, que en pocas palabras es aprovecharse del cargo para beneficio personal”, aseveró.

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