Comenzó el período de Operación Renta

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Declaración que deberá incluir el retiro del segundo 10%, un nuevo tramo de impuesto a las personas y la retención de aquellos que accedieron al bono clase media sin cumplir con los requisitos y no devolvieron.

forigenbanner Desde el 1 de abril se inició el trámite que espera la realización de cerca de cuatro millones de declaraciones. Hay casos que podría ver su devolución de impuestos retenida.

Debido a la extensión de la pandemia, el Servicio de Impuestos Internos (SII) implementó una serie de modificaciones para que el proceso pueda ser 100% online. “El foco está en las personas y en su seguridad, por eso les hacemos un llamado a quedarse en casa, porque como Servicio les entregaremos el mismo acompañamiento de siempre, de manera remota, poniendo a su disposición toda la información y orientación que requieran”, dice el SII.

Este año se implementará un sistema de asistencia virtual, que permitirá a los contribuyentes que tienen Propuesta de Renta agendar una hora a través de MiSII, para ser atendido de forma remota, de acuerdo a la disponibilidad de agenda a la que se podrá acceder en la misma herramienta.

El sistema estará disponible para los contribuyentes, tanto personas como empresas, que tengan Propuesta de Renta y que requieran asistencia especial, y que no encuentren la información que necesitan en el Portal de Renta, preguntas frecuentes y guías de ayuda, entre otros.

Uso de comunicación segmentada a través de correos electrónicos para llegar con información y asistencia a trabajadores honorarios y otros grupos de interés

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Nuevos Regímenes de Renta:
· Desde esta Operación Renta, los contribuyentes de primera categoría deberán declarar bajo los nuevos regímenes de Renta que incorporó la Ley N°21.210: Régimen General, Régimen ProPyme General y Régimen Propyme Transparente.

Para facilitarles el proceso de declaración y dado que la ley de Modernización Tributaria estableció que el SII debe elaborar propuestas para las pymes de su base imponible y de su Capital Propio Tributario, el SII ofrecerá una propuesta de Declaración de Renta a los Contribuyentes del régimen Propyme General y Propyme Transparente, las que se suman a la propuesta para los contribuyentes de Renta Presunta.

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Medidas Covid:
· Como parte de las medidas tributarias del Plan de Reactivación Económica este año las empresas del Régimen Propyme accederán a una disminución de la tasa del impuesto de primera categoría, con una tasa de 10% por las rentas obtenidas durante los años 2020, 2021 y 2022. Adicionalmente, podrán reducir a la mitad los Pagos Provisionales Mensuales (desde noviembre de 2020 y hasta diciembre 2022).
· En el caso de las personas que hayan accedido a un Préstamo Solidario durante 2020, su obligación de restitución se inicia en la Operación Renta 2022.

En el caso de los contribuyentes que solicitaron el Bono Clase Media sin cumplir los requisitos, y que a la fecha no han realizado la devolución, el monto no devuelto, más los reajustes e intereses correspondientes, será compensado por Tesorería General de la República con su devolución de Renta, si corresponde

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Otras novedades de la Operación Renta 2021
· Para personas, desde este año, se incorpora un nuevo tramo de Impuesto a la Renta que se aplicará a personas con ingresos anuales superiores a $189.827.880 (310 UTA), con una tasa de 40%.

· Las empresas acogidas al régimen de tributación 14 letra A) y aquellas del régimen ProPyme general tienen la posibilidad en esta Operación Renta de acogerse a rectificar excepcionalmente su Capital Propio Tributario con una tasa del 20%, este beneficio que también estuvo vigente en la Operación Renta pasada, podrá ser utilizado por última vez este año tributario, por lo que se recomienda a las empresas revisar su situación para poder optar correctamente.
Tendrán la opción de hacerlo sobre el 100% de la base imponible, lo que le otorgará cobertura previsional total, o sobre el 27%, que le entregará una cobertura parcial.
· Pagar sus cotizaciones previsionales le permitirá al trabajador a honorarios acceder al seguro de invalidez y sobrevivencia, a la cobertura contra accidentes laborales y enfermedades profesionales, derecho a cuidar a los hijos en el marco de la Ley Sanna, prestaciones de salud, licencia médica y subsidios asociados, derecho a asignaciones familiares, y derecho a pensiones.

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Las declaraciones sin pago de impuestos se pueden realizar desde el jueves 1 de abril y hasta el lunes 10 de mayo. Por otra parte, las declaraciones con pago de impuestos tienen plazo entre el 8 y el 30 de abril.
Respecto a las fechas de pago:
El primer período, que corresponde a las solicitudes realizadas entre el 1 y el 23 de abril, iniciará el pago de devolución el 12 de mayo.
El segundo periodo, que corresponde a las solicitudes realizadas entre el 24 y el 29 de abril, tendrán su pago el 19 de mayo.
El tercero periodo, correspondiente a las declaraciones realizadas entre el 30 de abril y el 10 de mayo, realizará el pago el 26 de mayo.
Estas fechas corresponden a las personas que soliciten la devolución a través de una cuenta bancaria. En cambio, las personas que soliciten la devolución mediante un cheque o una orden de pago por caja en BancoEstado, se les efectuará el pago desde el 28 de mayo.

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