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Mié, Oct

¿Qué establece la Ordenanza Municipal sobre Libre Circulación de las Aguas en Pirque?

Noticias de Pirque
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La normativa regula el uso, limpieza y mantención de canales y acequias, estableciendo sanciones a quienes obstruyan el paso del agua o descarguen residuos en los cauces.

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La Municipalidad de Pirque publicó oficialmente la Ordenanza Municipal sobre Libre Circulación de las Aguas y Mantención de Servidumbres de Paso y Acueductos, una herramienta legal que busca proteger los cauces y acequias que recorren el territorio comunal, reforzando la responsabilidad de los vecinos y usuarios del agua en su conservación.

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Propósito y alcance

La ordenanza tiene por objeto garantizar la libre circulación y calidad de las aguas que atraviesan canales y acequias, así como la mantención adecuada de las servidumbres de paso y acueductos, de acuerdo con lo establecido en el Código de Aguas. Se aplica a todo el territorio comunal e involucra a propietarios, arrendatarios, usuarios y comunidades de agua.

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Obligaciones principales

Los titulares de derechos de agua y los usuarios de los cauces deben:

  • Mantener los canales y acequias libres de construcciones, cercos o entubamientos que impidan el flujo normal del agua. 
  • Conservar y limpiar periódicamente los bordes y fondos de los cauces, eliminando basura, zarzamoras, arbustos u otros elementos que los obstruyan. 
  • Permitir el ingreso inmediato de inspectores municipales para su fiscalización y de trabajadores que realicen labores de limpieza o conservación. 
  • Retirar el material extraído durante las faenas de limpieza para evitar la acumulación en caminos o zonas vecinas.

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Prohibiciones y sanciones

Queda estrictamente prohibido:

  • Eliminar, suprimir o desviar cursos de agua, salvo autorización expresa de la Asociación de Canalistas, de las Comunidades de Agua y si corresponde de la Municipalidad de Pirque.
  • Desaguar canales o acequias hacia las vías públicas o caminos, provocando anegamientos.
  • Obstruir el acceso a las servidumbres de paso mediante rejas, cercos o construcciones.
  • Prohibir la descarga de residuos industriales o domiciliarios, arenas y materiales que afecten la calidad o el curso natural del agua.

El incumplimiento de la normativa puede ser sancionado con multas de 1 a 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), además de otras medidas correctivas como la demolición de obras o la limpieza del cauce a costo del infractor.

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Facultades municipales

La Municipalidad de Pirque podrá:

  • Ordenar y ejecutar la demolición de construcciones u obstrucciones que afecten los cauces.
  • Realizar limpiezas de emergencia cuando exista riesgo para personas o viviendas.
  • Solicitar el auxilio de la fuerza pública para asegurar el cumplimiento de las disposiciones.

Asimismo, los inspectores municipales están facultados para fiscalizar e ingresar a los predios, previa notificación, y levantar infracciones conforme a la Ley N° 18.287.

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Coordinación con la Asociación de Canalistas

La Asociación de Canalistas del Canal de Pirque tendrá un rol fiscalizador, informando a la Municipalidad sobre cualquier infracción detectada, fortaleciendo así la gestión hídrica comunal y la cooperación entre instituciones y regantes.

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Un llamado a la responsabilidad

Con esta ordenanza, Pirque da un paso decisivo hacia la protección de sus recursos hídricos y el ordenamiento territorial.

El municipio hace un llamado a los vecinos a cumplir las normas, evitar obstrucciones y denunciar vertimientos o construcciones ilegales que pongan en riesgo el escurrimiento natural del agua.

Ver ordenanza Ordenanza Municipal sobre Libre Circulación de las Aguas y Mantención de Servidumbres de Paso AQUÍ

 

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